(sociedades comerciales, comerciantes, fideicomisos, sociedades y asociaciones agrarias, cooperativas, y otros por disposición legal)
Tanto en el Registro Nacional de Comercio con sede en Montevideo como en los Registros de la Propiedad correspondiente al lugar de su domicilio.- (Art. 6 Dec. 26/95)Tanto en el Registro Nacional de Comercio con sede en Montevideo como en los Registros de la Propiedad correspondiente al lugar de su domicilio.- (Art. 6 Dec. 26/95)
Debe adherirse los timbres de la Caja de Profesionales Universitarios (un timbre por libro y su costo lo fija la CJPPU el 1er y 2do semestre de cada año) y abonar el Impuesto Registral correspondiente o constancia de exoneración en su caso.- Una tasa por libro o una tasa cada 4 microfichas de 240 imágenes cada una (resolución DGR Nro. 28/92); y con igual pauta los timbres por montepíos CJPU).Debe adherirse los timbres de la Caja de Profesionales Universitarios (un timbre por libro y su costo lo fija la CJPPU el 1er y 2do semestre de cada año) y abonar el Impuesto Registral correspondiente o constancia de exoneración en su caso.- Una tasa por libro o una tasa cada 4 microfichas de 240 imágenes cada una (resolución DGR Nro. 28/92); y con igual pauta los timbres por montepíos CJPU).
Procedimiento en Art. 53 ley 16871. Ver manual.
La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.
18 de julio 1730, Montevideo Uruguay
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