Montos Const. Soc Comerciales (No se aplican más)

Montos que deberán tenerse en cuenta para la constitución de sociedades:

Por Resolución del Poder Ejecutivo No. 64/06, de fecha 19 de enero de 2006, se fijaron los siguientes montos de capitales contractuales para SRL y SA:

Sociedades de Responsabilidad Limitada (artículo 2o.)

Capital mínimo: $ 18.688,00

Capital máximo: $ 840.524,00

Valor de la cuota social mínima: $ 209,00

Sociedades Anónimas (artículo 1º.).

Capital inicial mínimo: $ 840.524,00

Vigencia: Los valores enunciados entrarán en vigencia a partir del 5/1/06. Las SA constituidas entre el 5/1/06 y la fecha de publicación de esta Resolución (19/1/05), deberán adecuar sus disposiciones estatutarias al nuevo capital social mínimo y complementar los porcentajes de suscripción e integración de capital (artículo 4o.).

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

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