Aviso importante

Retiro de libros rubricados

A partir del 1.º de julio de 2026, para retirar libros rubricados en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Comercio, se exigirá, además del boleto de pago, la constancia de inscripción del libro.

Al descargar la constancia, tenga presente que debe seleccionar como registro: “Rúbrica de Libros”.

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

Contacto

18 de julio 1730, Montevideo Uruguay

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  • dummy info@dgr.gub.uy

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