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Estimados usuarios.
En virtud de la puesta en producción del ingreso de las declaratorias al amparo de la ley 17904 mediante la modalidad digital y con soporte notarial electrónico, recordamos tener en cuenta lo establecido en el artículo 307 de la Acordada 7831:
“…Tratándose de copias de escrituras o testimonios de protocolizaciones, la expedición se realizará dentro del tercer día a partir de la autorización de la escritura o de la protocolización..”
El sistema no admitirá el ingreso en la modalidad referida cuando no se cumpla con lo establecido en el artículo de referencia y no coincida la fecha de la firma electrónica del documento con la fecha de la copia o testimonio de protocolización extendido en soporte notarial electrónico.

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

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