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OBLIGACIONES DE LAS S.A.S.

Tenga presente que a partir de la inscripción en el RUT la entidad dispone de un plazo de 45 días hábiles para cumplir con la obligación de identificar y comunicar al B.C.U. los beneficiarios finales y los titulares de participaciones patrimoniales -art. 16 Ley N° 19.820-.

En caso de incumplimiento, serán de aplicación las sanciones dispuestas por el Capítulo II de la Ley N° 19.484.

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

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