Registro Inmobiliario

Minuta de Inmuebles: Sección Inmobiliaria

Inscripción registral de actos y negocios jurídicos relativos a bienes inmuebles, padrones y derechos reales (Ley 16.871, art. 17).

Compraventa Promesa / Compromiso Hipotecas (Banca Oficial y Común) Canal Digital y Presencial
DGR · INMOBILIARIA INMUEBLES DIGITAL

TRÁMITE EN LÍNEA

Información y Guía de Minuta

Consultá los requisitos, actos admitidos, costos y pasos de presentación para bienes inmuebles.

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Atención: Actos Habilitados para Minuta Digital de Inmuebles

Verifique que el acto o negocio jurídico a inscribir corresponda a las modalidades habilitadas en el sistema digital para evitar rechazos:

1. Compraventa (Alta) 2. Compromiso de Compraventa (Promesa) (Alta) 3. Hipoteca (Alta)
Modalidades de Hipoteca admitidas: ANV, BHU, BROU, Común, Industrial, Mixta y MVOT.
¿Qué es este trámite?

Consiste en la inscripción de los actos y negocios jurídicos inscribibles según el artículo 17 de la Ley 16.871 que recaigan sobre bienes inmuebles situados en el territorio nacional.

Por ejemplo, cuando se vende un bien raíz, apartamento, terreno o se constituye un gravamen hipotecario, debe registrarse el cambio de titularidad o el derecho real ante la sede registral correspondiente.

Requisitos generales de la documentación
  • Documento portante: El documento matriz portante del acto o negocio jurídico otorgado por el o los Escribanos autorizantes o por las instituciones oficiales correspondientes. (Quedan exceptuados de la participación notarial obligatoria los arrendamientos rurales).
  • Formulario de Minuta de Inmuebles: Confeccionado de acuerdo con los modelos vigentes.
  • Jurisdicción Registral: El trámite debe radicarse en la sede del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del departamento del país donde se encuentra ubicado el bien inmueble.
Requisitos y procedimiento en canal digital
  • Usuario ID Uruguay: Es necesario contar con cuenta habilitada en ID Uruguay.
  • Firma Electrónica Avanzada: El profesional debe firmar con Cédula de Identidad con chip activo, lector y PIN vigente, o token físico homologado (Abitab o Correo Uruguayo).
  • Actos admitidos en línea: Se encuentra disponible para todo el país para Compraventa, Hipoteca y Promesa de Compraventa.

Importante: La comunicación recibida por correo electrónico acredita la finalización de la minuta digital, pero no sustituye la presentación del documento portante en ventanilla registral.

Requisitos y presentación en canal presencial

Para la tramitación física en ventanilla del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del departamento correspondiente al inmueble, se debe presentar:

  • El documento portante del acto o negocio jurídico notarial.
  • Formulario completo de Minuta de Inmuebles en papel.
  • Carátula envolvente con los datos exigidos por el artículo 2 del Decreto 58/95.
Costos, Tasas y Exoneraciones

• Tasa Registral Común: $ 2.530 (o valor fijado según actualización oficial).

• Validación de Exoneraciones: La causal de exoneración se califica por parte del registrador de la DGR. En caso de solicitarse por canal digital y no corresponder legalmente, el trámite será rechazado.

• Exoneraciones especiales: Si la causal no figura en la tabla predefinida del formulario electrónico, deberá gestionarse presencialmente con la norma legal correspondiente ante Mesa de Entrada (Dirección General, Piso 6, Edificio del Notariado) o sede departamental respectiva.

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