LEVANTAMIENTO OBSERVACIONES LEY 17.904 CON MINUTA DIGITAL

De acuerdo a la opción elegida, se procede de la siguiente manera:

1.- Envio de Minuta en línea y Presentación del Documento en formato papel por Ventanilla

A) Si la observación es del documento (presentado en formato papel), debe levantar las observaciones por Certificado notarial o por Declaratoria, en su caso, en formato papel, la que debe depositar dentro de un sobre en la buzonera del subsuelo.-

B) En caso de que la observación sea de la minuta digital, la misma debe levantarse por anexo en formato A4 conteniendo las correcciones por la cual fue observada. Dicho anexo debe enviarlo escaneado al email observaciones17904@dgr.gub.uy
Importante: En asunto del mail debe poner el número de inscripción del Documento

2.- Envio de Minuta en línea y el documento en soporte notarial electrònico (Trámite totalmente en línea)

A) Si la observación es del documento (presentado en soporte notarial electrónico), debe levantar las observaciones por Certificado notarial o por Declaratoria emitidos en soporte notarial electrónico, y enviar el o los mismos a través del email observaciones17904@dgr.gub.uy.
Importante: En asunto del mail debe poner el número de inscripción del Documento

B) En caso de que la observación sea de la minuta digital, la misma debe levantarse por anexo en formato A4 conteniendo las correcciones por la cual fue observada. Dicho anexo debe enviarlo escaneado al email observaciones17904@dgr.gub.uy
Importante: En asunto debe poner el número de inscripción del Documento

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

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