Registro de Inmuebles
- Para las solicitudes de Inmuebles, solo se deberán cargar los datos del plano en padrones anteriores (solar, manzana, fraccion, agrimensor, etc) exclusivamente para las sedes de CANELONES, SAN JOSE, COLONIA, MALDONADO y ROCHA.
- En esta primera instancia coexistirán los sistema de solicitud de información por ventanilla y por remotas.
-
En todos los departamentos se pueden solicitar hasta 10 padrones anteriores, por cada padrón actual del inmueble solicitado.
-
Respecto de las solicitudes Remotas de bienes ubicados en la jurisdicción del Registro de LA COSTA, tenga presente que:
Si necesita información únicamente a partir de 1/5/98, deberá seleccionar "LACOSTA 1998 EN ADELANTE". En este caso el certificado se podrá obtener en el plazo de 48 horas
Si necesita información de 1947 al día de hoy, deberá seleccionar la respectiva localidad en el listado. En este caso el certificado se podrá obtener en el plazo de 7 días hábiles.
La Dirección General de Registros incorporó al sistema de Remotas, las solicitudes de información de Inmuebles de los Registros de PANDO y LA COSTA.
Estimado usuario:
La Dirección General de Registros incorporó al sistema de Remotas, las solicitudes de información de Inmuebles de los Registros de PANDO y LA COSTA.
De esta forma, el 100 por ciento de la información registral puede ser solicitada a través del sistema de remotas, y descargada a través de certificados con firma digital.
A tales efectos, tenga presente las siguientes consideraciones:
- El departamento de Canelones tiene tres sedes registrales, comprendiendo cada una de ellas sus respectivas jurisdicciones.
Al desplegarse el listado de “Departamentos”, en la página de “Remotas”, se van a visualizar en el mismo, las sedes de CANELONES, LA COSTA y PANDO.
Por dicha razón, antes de seleccionar la sede registral del departamento de Canelones, tenga en cuenta la ubicación del bien, a los efectos de solicitar la información en la sede correspondiente.
Cuando se solicite información en la sede registral de CANELONES, debe indicarse necesariamente la sección judicial anterior correspondiente, ya que puede existir información registral volcada de esa forma.
En esta primera instancia coexistirán los sistema de solicitud de información por Ventanilla y por Remotas.