Registro Personas Jurídicas

  • Solicitudes de información de ASOCIACIONES CIVILES y FUNDACIONES por remotas.
  • En el formulario de Personas Jurídicas debe marcarse el campo de Asociaciones Civiles (ACF) y escribir la denominación exacta y textual de la Asociación Civil o Fundación. En caso de error de digitación por parte del usuario, deberá generarse una nueva solicitud.
  • Tener presente que en caso de solicitar información por Asociaciones Civiles o Fundaciones, no puede solicitarse información por otros registros en el mismo formulario.
  • Solicitudes de TESTIMONIOS por remotas para todas las sedes y registros, (con excepción de Asociaciones Civiles).
  • "Testimonios anteriores a 1946 inclusive, deben solicitase ante la sede correspondiente
  • Tener presente que si la inscripción tiene únicamente Número y año, los restantes campos no deben ser completados.
  • Solicitudes EXONERADAS por BHU y ANV, por el momento se mantienen sólo por ventanilla.
  • Los testimonios de Asociaciones Civiles deben solicitarse en forma presencial en el horario de 9.15 a 12 en el piso 7.

Los Registros Públicos en Uruguay

La función de los Registros es la publicidad de los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos aspectos fundamentales: la inscripción de esos actos y la información de los mismos a quien lo solicita.

Contacto

18 de Julio 1730, Montevideo - Uruguay

  • dummy+598 (2) 402 56 42

  • dummy+598 (2) 400 65 83

  • dummy info@dgr.gub.uy

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