Registro de la Propiedad Sección Mobiliaria BPS

BPS

¿En qué momento deben estar vigentes los certificados expedidos por el BPS o CUD?

Deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

Tanto el Certificado Especial de BPS, así como el CUD se solicitan para enajenar o gravar bienes, por lo tanto deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

¿Puede el vendedor de un vehículo de carga o transporte público de pasajeros declarar que no es contribuyente al BPS?

Si no es contribuyente al BPS, puede declarar bajo juramento tal circunstancia, de acuerdo al decreto 152/91.

Si el vendedor de uno de esos vehículos no es contribuyente al BPS, puede declarar bajo juramento tal circunstancia, de acuerdo al decreto 152/91. Tenga presente el principio de insubsanabilidad, ya que la inscripción registral no implica regularización de las eventuales deudas que pueda tener el enajenante ante el BPS.

La única excepción corresponde a las Sociedades Anónimas, que no pueden declarar no ser contribuyentes del BPS (Resolución DGR Nº 62/14).

¿Se requiere Certificado Especial para la prenda de vehículos de carga o transporte público de pasajeros?

En la prenda de vehículos automotores siempre se controla la declaración jurada negativa del dador prendario o el Certificado Único del BPS...

En la prenda de vehículos automotores siempre se controla la declaración jurada negativa del dador prendario, en caso de no ser contribuyente, o el Certificado Único del BPS en caso de serlo, sin importar si el vehículo automotor prendado está afectado a actividades de carga o transporte público de pasajeros.

El Certificado Especial se controla únicamente para la prenda agraria o industrial en el Registro de Prendas sin desplazamiento (Base subjetiva).

¿Se controla certificado de BPS o CUD en enajenaciones de bienes que integran la masa activa de empresas concursadas?

No. En virtud del artículo 114 de la Ley 18387, en ningún caso los registros exigirán la presentación de estos certificados...

En virtud de lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 18387, en ningún caso los registros exigirán la presentación de estos certificados para registrar la transferencia de los bienes realizada en el marco del procedimiento concursal.

¿En las empresas registradas ante BPS y DGI como unipersonales, se controla el consentimiento conyugal previsto en el art. 29 de la ley 16.871?

La empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, por lo tanto corresponde el consentimiento conyugal.

La denominación de empresa unipersonal corresponde a la clasificación que dichos organismos hacen de sus contribuyentes. A los efectos jurídicos y registrales la empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, careciendo de personería jurídica. Por lo tanto corresponde el consentimiento conyugal para enajenar o gravar vehículos automotores.

El vendedor declaró por error que era contribuyente al BPS y DGI. ¿Cómo soluciono ese error?

Si declaró que era contribuyente cuando no lo era, necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración.

Si el vendedor declaró que era contribuyente cuando no lo era, necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración. No se admite la certificación notarial acreditando una situación distinta a la declarada.

¿Se realizan los controles de BPS y CUD para los cónyuges no administradores?

Los controles se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales.

Los controles respecto del BPS y CUD se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales. Estos son quienes adquirieron el bien, no correspondiendo dichos controles a los cónyuges que concurren al otorgamiento a brindar su consentimiento, aunque comparezcan integrando la parte vendedora. (Resolución DGR Nº 55/00)

Se va a otorgar una prenda en la que el dador no es contribuyente del BPS, pero sí lo es el deudor. ¿Se controlan los certificados?

Quien prenda es el dador, no el deudor, por lo tanto basta con la declaración jurada negativa del dador de no ser contribuyente al BPS.

Los controles registrales son para la constitución de la prenda. Quien prenda es el dador, no el deudor, por lo tanto en caso de que el contribuyente sea el deudor, basta con la declaración jurada negativa del dador de no ser contribuyente al BPS.

Se escritura un vehículo de carga o transporte público en cumplimiento de un contrato de leasing. ¿Se controla el Certificado Especial por la Institución Financiera?

De acuerdo al artículo 664 de la ley 16.170 el control del Certificado Especial del BPS se realiza para todos los contribuyentes, incluso para la Institución Financiera.

De acuerdo al artículo 664 de la ley 16.170 el control del Certificado Especial del BPS se realiza para todos los contribuyentes, incluso para la Institución Financiera.

¿En las Prendas de base subjetiva, siempre se controla el Certificado Especial de BPS?

El Certificado Especial se solicita para la prenda agraria o industrial únicamente. Si el bien prendado no está afectado a alguna de estas actividades, no corresponde su control.

De acuerdo al art. 664 de la ley 16.170, el Certificado Especial se solicita para la prenda agraria o industrial, únicamente. Si el bien prendado no está afectado a alguna de estas actividades, no corresponde el control del Certificado Especial. Dicha circunstancia se acredita mediante certificación notarial o declaración de parte de que el bien no está afectado a alguna de esas actividades.

CUD

¿En qué momento deben estar vigentes los Certificados expedidos por el BPS o CUD?

Deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

Tanto el Certificado Especial de BPS, así como el CUD se solicitan para enajenar o gravar bienes, por lo tanto deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

¿En las empresas registradas ante BPS y DGI como unipersonales, se controla el consentimiento conyugal previsto en el art. 29 de la ley 16.871?

La empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, por lo tanto corresponde el consentimiento conyugal.

La denominación de empresa unipersonal corresponde a los referidos organismos. A los efectos jurídicos y registrales la empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, careciendo de personería jurídica. Por lo tanto corresponde el consentimiento conyugal para enajenar o gravar vehículos automotores.

El vendedor declaró por error que era contribuyente al BPS y DGI. ¿Cómo lo soluciono?

Necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración. No se admite la certificación notarial acreditando una situación distinta.

Si el vendedor declaró que era contribuyente cuando no lo era, necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración. No se admite la certificación notarial acreditando una situación distinta a la declarada.

¿Se realizan los controles de BPS y CUD para los cónyuges no administradores?

Los controles se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales. (Resolución DGR Nº 55/00)

Los controles respecto del BPS y CUD se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales. Estos son quienes adquirieron el bien, no correspondiendo dichos controles a los cónyuges que concurren al otorgamiento a brindar su consentimiento, aunque comparezcan integrando la parte vendedora. (Resolución DGR Nº 55/00)

Se otorga una prenda en forma simultánea a la compraventa. ¿Se controla el CUD?

Si la prenda es simultánea al otorgamiento, no se controla el CUD.

Si la prenda es simultánea al otorgamiento, no se controla el CUD.

Se va a otorgar una prenda en la que el dador no es contribuyente del BPS, pero sí lo es el deudor. ¿Se controlan los certificados?

Quien prenda es el dador. Si el contribuyente es el deudor, basta con la declaración negativa del dador de no ser contribuyente a IRAE e IMEBA.

Los controles registrales son para la constitución de prendas. Quien prenda es el dador, no el deudor, por lo tanto en caso de que el contribuyente sea el deudor, basta con la declaración negativa del dador de no ser contribuyente a IRAE e IMEBA.

Se enajena un vehículo empadronado a nombre distinto del titular registral, que es contribuyente a IRAE e IMEBA, pero el municipio no expide el CUD. ¿Cómo realizo el control del CUD?

No puede obviarse el control del CUD. Si el municipio no puede expedirlo, se aceptará el certificado previsto en el art. 8 del Decreto 502/07.

No puede obviarse el control del CUD en este caso, ya que el CUD acredita que el enajenante o dador no mantiene ningún adeudo con el municipio por cualquier concepto (patente de ese vehículo u otros o contribución inmobiliaria).

En caso de que el municipio no pueda expedir el CUD, el Registro aceptará en su lugar el certificado previsto en el art. 8 del Decreto 502/07, que acredite la imposibilidad de expedirlo con los mismos efectos registrales.

¿Se realiza el control del CUD en las compraventas en cumplimiento de leasing?

Sí, se controla por la parte compradora (ex usuario) el correspondiente certificado o la correspondiente declaración negativa.

Sí, se controla por la parte compradora (ex usuario) el correspondiente certificado o la correspondiente declaración negativa.

Primera Inscripción

Tengo que inscribir una compraventa donde quien vende no es el titular municipal. ¿El Registro observará esa venta?

En la primera inscripción de compraventa de auto usado debe vender el titular municipal o quien acredite legitimación mediante certificación notarial.

En la primera inscripción de compraventa de auto usado debe vender el titular municipal o quien acredite legitimación mediante certificación notarial (Resolución 264/98 de DGR). En el caso de no poder acreditarse dichos extremos el documento quedará con inscripción provisoria.

Se va a inscribir una venta de un vehículo sin título registrado que se empadronó 0 km en un departamento, pero ahora está empadronado en otro. ¿Cuál es la sede competente?

La sede competente es aquella donde el vehículo está empadronado al momento de la inscripción del documento, no al momento del otorgamiento.

La sede competente es aquella donde el vehículo está empadronado al momento de la inscripción del documento, no al momento del otorgamiento. Se deberá presentar tantos certificados de antecedentes municipales como departamentos estuvo empadronado el vehículo, reservándose el Registro el derecho de solicitar los respectivos certificados registrales.

¿Puede el Registro solicitar certificado de antecedentes municipales en la venta de un vehículo automotor 0 km?

Siempre que hay una primera inscripción, el Registro se reserva el derecho de solicitar los antecedentes municipales.

Siempre que hay una primera inscripción, el Registro se reserva el derecho de solicitar los antecedentes municipales, a los efectos de garantizar los principios de territorialidad, matriculación y publicidad.

Se vende un vehículo sin título, habiendo fallecido el titular municipal. Hoy venden los herederos. ¿Necesariamente debo inscribir la sucesión antes de otorgar la compraventa?

No es necesaria la inscripción de la sucesión. La legitimación de los herederos puede acreditarse por certificación notarial.

En la primera inscripción registral de vehículos usados, enajena el titular municipal o quien acredite legitimación por certificación notarial (Resolución DGR 264/98). Por lo tanto si venden los herederos, la legitimación de los mismos puede ser acreditada por certificación notarial, relacionando la tramitación de la sucesión. En este caso no es necesaria su inscripción.

Asimismo puede inscribirse la sucesión como primera inscripción, adjuntando tantos certificados de antecedentes municipales como departamentos estuvo empadronado el vehículo, reservándose la sede registral el derecho de solicitar los correspondientes certificados registrales.

Oficios

¿Cuáles son las formalidades en la presentación de oficios judiciales?

Remates judiciales y embargos tienen requisitos específicos en cuanto a documentación, control de tracto sucesivo y datos a incluir...

a) Remates Judiciales

  • Dos oficios originales.
  • Si es primera inscripción, se debe presentar Certificado de Antecedentes municipales de todos los departamentos en donde el vehículo estuvo empadronado, reservándose la sede registral el derecho de solicitar los respectivos certificados registrales.
  • Control por certificación de los datos personales del mejor postor.
  • Control del SOA, y declaratoria del adquirente.
  • Fecha de toma de posesión. La misma debe surgir del Oficio (no del acta de Remate). Se puede presentar declaratoria del mejor postor relacionando la fecha de toma de posesión, con firmas certificadas, o certificación notarial que acredite la fecha de entrega del vehículo al mejor postor.
  • Si el vehículo tiene hoy un padrón diferente al registrado, deberá agregarse además fotocopia de libreta o antecedentes municipales.
  • El Registro realiza el control del tracto sucesivo: el ejecutado debe ser el titular registral.

b) Embargos

  • Dos oficios originales.
  • Debe surgir monto.
  • El Registro realiza el control del tracto sucesivo: el ejecutado debe ser el titular registral.

Adquirí un vehículo en un remate de un Ente Oficial. ¿Se inscribe la constancia de mejor postor?

Únicamente se inscriben los oficios provenientes del Poder Judicial y de la Dirección de Aduana.

Únicamente se inscriben los oficios provenientes del Poder Judicial y de la Dirección de Aduana. En los remates de los demás Entes Públicos o remates particulares, debe procederse a la enajenación del vehículo por parte del titular registral o municipal en el caso de ser primera inscripción.

¿Se inscribe la cesión de derechos de mejor postor?

La cesión de derechos de mejor postor no es un acto inscribible. Si del oficio judicial surge que el mejor postor cedió dichos derechos, se tomará al cesionario como propietario.

La cesión de derechos de mejor postor no es un acto inscribible. Si del oficio judicial surge que el mejor postor cedió dichos derechos, se tomará al cesionario como propietario.

¿Se controla BPS o CUD en un Remate Judicial?

No. Los certificados de BPS y el CUD no son controles registrales en este caso.

No son controles registrales en este caso, ni los certificados de BPS ni el CUD.

Retiro de Circulación

¿Cuáles son los tipos de comunicación de Retiro de Circulación y sus requisitos?

Existen dos tipos de comunicación regulados por el art. 24 de la ley 16.871 y el art. 23 del decreto 99/98...

I) Comunicación del propietario (inciso 1º del art. 24)

Prevé la comunicación del propietario que resuelva retirar definitivamente de circulación un automotor. Debe comunicarlo al Registro siempre que exista título inscripto. Si no hay título inscripto no se recibe la comunicación.

Requisitos:

  • Nota del propietario con firmas certificadas comunicando al Registro el retiro definitivo de circulación.
  • Título de propiedad para su posterior anotación por parte del Registro.
  • Documentación municipal de la que surja el retiro de circulación.

II) Comunicación de la institución aseguradora (inciso 2º del art. 24)

Prevé la comunicación de la institución aseguradora de que se procedió a la indemnización por destrucción total o desaparición del vehículo. En este caso puede efectuarse la comunicación no existiendo título inscripto.

Requisitos:

  • Nota de la Institución Aseguradora con firmas certificadas, comunicando que se procedió al pago de la indemnización por destrucción total o hurto.

En ambos casos no corresponde el pago de tasa registral ni se realiza ningún tipo de control fiscal.

Sociedades (Ley 18930)

¿Desde cuándo se controla su cumplimiento?

En otorgamientos a partir del 2 de mayo de 2013.

En otorgamientos a partir del 2 de mayo de 2013.

¿Qué se controla?

Varía según el tipo de acciones: al portador o nominativas, con distintos requisitos para cada caso...

A) Sociedades con acciones al portador

  • Certificado de Recepción de la comunicación hecha al Banco Central del Uruguay.
  • Declaración del representante de la empresa de que con posterioridad a dicha comunicación, no se realizaron nuevas comunicaciones por parte de los accionistas. Se acepta la certificación notarial de que no se realizaron nuevas comunicaciones o que se recibió la declaración por parte del representante.

B) Sociedades con acciones nominativas

Dos posibilidades:

  • 1) Si la sociedad fue constituida con acciones nominativas o se transformaron las acciones al portador a nominativas con anterioridad a la vigencia de la ley 18.930, basta con certificar tal circunstancia.
  • 2) Si la sociedad reformó sus estatutos de acuerdo al art. 17 de la ley 18.930, se deberá controlar el Acta de transformación, la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, sección Registro Nacional de Comercio, y su posterior publicación.

Sucesiones

Se vende un vehículo sin título inscripto, habiendo fallecido el titular municipal. Hoy venden los herederos. ¿Necesariamente debo inscribir la sucesión antes de otorgar la compraventa?

No es necesaria la inscripción. La legitimación de los herederos puede acreditarse por certificación notarial relacionando la declaratoria de herederos.

En la primera inscripción registral de vehículos usados, enajena el titular municipal o quien acredite legitimación por certificación notarial (Resolución DGR 264/98). Por lo tanto si venden los herederos, la legitimación de los mismos puede ser acreditada por certificación notarial, relacionando la declaratoria de herederos. En este caso no es necesaria su inscripción.

Asimismo puede inscribirse la sucesión como primera inscripción, adjuntando tantos certificados de antecedentes municipales como departamentos estuvo empadronado el vehículo, reservándose la sede registral el derecho de solicitar los correspondientes certificados registrales.

Habiendo título inscripto a nombre del causante, ¿es necesario inscribir el Certificado de Resultancias de Autos en el cual se incluye un vehículo automotor, o basta que en la venta posterior se controle la tramitación de la sucesión?

Debe inscribirse necesariamente el Certificado de Resultancias de Autos, a los efectos del cumplimiento del principio de tracto sucesivo.

Debe inscribirse necesariamente el Certificado de Resultancias de Autos, a los efectos del cumplimiento del principio de tracto sucesivo (art. 25 literal "c" de la ley 16.871).

Ventas en Cumplimiento de Leasing

¿Qué se controla en las compraventas en cumplimiento de leasing?

Se controla CUD o declaración negativa por el ex usuario, BPS por el acreditante, y se tienen en cuenta el consentimiento conyugal y la vigencia de los certificados...

  • Se controla CUD o declaración negativa por el ex usuario.
  • El control se realiza únicamente respecto del cónyuge administrador de los bienes gananciales.
  • El certificado debe estar vigente al momento del otorgamiento.
  • En las prendas se controla por el dador.
  • En las enajenaciones por el enajenante.
  • De acuerdo al artículo 664 de la ley 16.170, el control del Certificado Especial del BPS se realiza para todos los contribuyentes, incluso para la Institución Financiera.

Observaciones Frecuentes

Primera inscripción (Auto 0 km o usado)

A los efectos de garantizar el principio de publicidad y territorialidad, el registro se reserva en todos los casos solicitar antecedentes municipales actuales.

Minutas

  • Todas las minutas deben estar firmadas.
  • Verificar padrón actual y anteriores.
  • Verificar que las partes no estén invertidas y que los datos estén completos.
  • Minuta de automotores.
  • Prenda de automotores: Minuta de Automotores.
  • Prenda y Leasing de otros bienes y derechos: Minuta de base subjetiva.

Formalidades

  • Fecha y lugar de otorgamiento debe coincidir en documento y certificación.
  • Certificar las firmas del firmante, no del mandante u otra persona.
  • El testimonio o primera copia y minuta deben estar firmados.
  • Protocolización no puede ser anterior al otorgamiento.
  • Salvar enmendados, testados, interlineados.

BPS

  • Se controla Certificado de BPS o declaración jurada negativa.
  • Control por enajenante o dador prendario.
  • Se controla: número y fecha de expedición, y declaración de vigencia del mismo.
  • Prenda Agraria o Industrial: Certificado Especial o Declaración jurada negativa.
  • Con excepción de las S.A., siempre puede declararse bajo juramento no ser contribuyente al BPS, sin considerar el tipo de vehículos que se enajena o bien que se prenda.
  • Principio de insubsanabilidad: La inscripción no implica regularización de deudas ante el BPS.
  • El control se realiza únicamente respecto del cónyuge administrador de los bienes gananciales.
  • El certificado debe estar vigente al momento del otorgamiento.

Ventas en cumplimiento de leasing

  • BPS por el acreditante (Certificado Único o Especial).
  • CUD por el ex usuario (declaración negativa o certificado).

CUD

  • Se controla CUD o declaración negativa.
  • El control se realiza únicamente respecto del cónyuge administrador de los bienes gananciales.
  • El certificado debe estar vigente al momento del otorgamiento.
  • En las prendas se controla por el dador.
  • En las enajenaciones por el enajenante.
  • En las ventas en cumplimiento de leasing por el ex usuario.
Excepciones:
  • Venta de 0 km.
  • Prenda simultánea con la compraventa.
  • Enajenaciones efectuadas por las Instituciones Aseguradoras (restos o hurtados).

SOA

SOA vigente a la inscripción, no al momento de otorgamiento.

Ley 18930

Acciones al portador
  • Certificado de Recepción del BCU (número y fecha).
  • Declaración de que no ha habido posteriormente nuevas comunicaciones.
  • Vigencia de la sociedad.
Acciones nominativas
  • Acciones nominativas desde su constitución: Certificar tal circunstancia.
  • Transformación de capital accionario de acuerdo a la ley 18.930, certificar: Acta de transformación, inscripción y publicaciones.

Primera inscripción

  • La sede competente es la del padrón que hoy tiene el vehículo, no el de la fecha de otorgamiento.
  • Por tal motivo el Registro se reserva el derecho de pedir la actualización de la documentación municipal.
  • Rempadronamientos o primera inscripción: adjuntar la documentación municipal correspondiente.
  • Verificar que el padrón esté correcto en título, minuta y documento municipal.

Prendas

  • Cancelaciones: Adjuntar contrato original o testimonio de acuerdo al art. 29 Dec. 99/98.
  • Reinscripciones: Contrato original y fotocopias. Ambos anotados por acreedor.

Pago de tasas

  • Si las tasas se pagan al salir del Registro se contribuye a que todos los documentos salgan antes.
  • Si se pagan tarde, no solicitar el documento antes de las 72 horas, ya que se buscará algo que no está pronto y se retrasará la atención a los demás usuarios.
  • Si el documento urgente no se paga enseguida, puede no salir en el día.